Desde AFANOC siempre se ha considerado que el Grado de Discapacidad en el niño y adolescente con cáncer se debe reconocer a partir de los términos de “excepcionalidad, urgencia y con carácter retroactivo”. Aunque los cambios que se producen a nivel físico, social y emocional se hacen evidentes desde los primeros momentos de la enfermedad, la Ley RD 1971/1999 contempla este reconocimiento a partir de los seis meses del diagnóstico.
No podemos olvidar que estamos ante una enfermedad grave, de larga duración y que, en muchas ocasiones obliga a desplazamientos, ya que los tratamientos se hacen en hospitales de referencia, lejos de casa.
Por todo ello y de forma consensuada con el conjunto de las entidades federadas y colaboradoras de La Federación Española de Padres de Niños con Cáncer (FEPNC), se pide una modificación de esta ley. El 20 de diciembre de 2016, el Grupo Socialista (PSOE) presentó en el Congreso una propuesta no de Ley (PNL), que fue aprobada con aportaciones de Unidos Podemos y Ciudadanos. La petición es un cambio en el procedimiento y de criterios a la hora de aplicar el baremo a menores con cáncer, ya que la actual regulación priva a las familias de acceder a los beneficios y a las prestaciones y servicios que los organismos otorgan en el ámbito nacional, regional y municipal.
DOCUMENTO BASE PARA LA PREPOSICION DE LEY